Audiencia de Córdoba decreta fin de pensión alimenticia a hija mayor de edad por falta de relación familiar y recupera vivienda en propiedad de exmarido

06/02/2026 02:00 | 2 min de lectura

Audiencia de Córdoba decreta fin de pensión alimenticia a hija mayor de edad por falta de relación familiar y recupera vivienda en propiedad de exmarido

La Audiencia Provincial de Córdoba ha dictaminado que Luis Andrés, padre de Otilia y exesposo de Hortensia, dejará de pagar la pensión alimenticia a su hija mayor de edad, debido a la falta de vínculo afectivo y la ruptura irreversible en su relación familiar. La sentencia también ordena que tanto Otilia como su madre abandonen la vivienda familiar, que continuará en propiedad de Luis Andrés, tras analizar pruebas que evidencian el distanciamiento emocional y la convivencia de Hortensia con una nueva pareja en el domicilio.

El tribunal fundamenta su decisión en la evidencia de conversaciones de WhatsApp, una carta escrita por Otilia, informes médicos, y detalles sobre la relación de Hortensia con su actual pareja. Los jueces concluyen que la desconexión emocional entre padre e hija, mantenida por la propia voluntad de la joven, justifica la extinción de la pensión alimenticia, de acuerdo con la jurisprudencia vigente que establece que estas obligaciones pueden cesar cuando la ruptura es atribuible únicamente a la parte receptora.

El análisis también abordó la situación económica de Otilia y su madre. Aunque la joven continúa sus estudios y no es autosuficiente, el tribunal señaló que su vulnerabilidad no es relevante para fundamentar el mantenimiento de la pensión, pues la causa del cese radica en el rechazo emocional, no en la precariedad económica.

Respecto a la vivienda, la sentencia ratifica que, al haberse eliminado el uso que inicialmente atribuía a menores de edad, y considerando que la convivencia de Hortensia con su nueva pareja también ha finalizado, la propiedad del inmueble revertirá al propietario, Luis Andrés. Se descartan tampoco vínculos entre los problemas psicológicos de Otilia y el conflicto familiar, ya que los informes presentados no demuestran que estos hayan sido originados por el padre.

Finalmente, la decisión revoca una sentencia anterior que mantenía la pensión y el derecho de uso de la vivienda por tres años. La resolución, firmada por los magistrados Pedro Roque Villamor, Víctor Manuel Escudero y Fernando Caballero, no impone costos a ninguna de las partes y admite recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Tags:
metepec