La Audiencia Provincial de Valencia modificó la pensión alimenticia que Gonzalo, padre de dos hijas, debe pagar tras sufrir un deterioro en su situación de salud y empleo. La resolución, dictada el 10 de noviembre de 2025 y vigente desde esa fecha, establece una cuota de 180 euros mensuales por cada hija, por un periodo de un año para Rafaela, de 19 años, y sin un límite concreto para Elisabeth, de 15 años. La decisión, que reemplaza la sentencia de divorcio vigente desde 2020 en el partido judicial de Torrent, afecta directamente los ingresos familiares del padre. Gonzalo solicitó reducir o eliminar por completo la pensión, argumentando un vínculo afectivo roto con Rafaela y su discapacidad intelectual reconocida oficialmente en 2023, con un grado del 46 %. Desde abril de 2024, Gonzalo está desempleado y recibe una prestación social de 461 euros mensuales, además de residir con su madre, de 87 años, quien cubre sus gastos básicos.
El tribunal también evaluó los ingresos acumulados del padre en 2023, que alcanzaron los 14,407 euros por trabajos de agencia, junto con rentas agrícolas y la venta de su camión por 9,000 euros. Sin embargo, en febrero de 2024 perdió su último empleo por falta de capacidad para realizar tareas básicas, según documentos aportados, y actualmente depende de una ayuda semanal de 50 euros de su tutora. La magistrada María Pilar Manzana Laguarda, presidenta de la Sección Décima, rechazó la solicitud de Gonzalo de eliminar totalmente la pensión para Rafaela, argumentando que la ruptura del vínculo afectivo no fue responsabilidad de las hijas, sino del padre al abandonar el domicilio familiar. La resolución establece que, aunque se reconocen las dificultades económicas del padre, la cuota se ajustó a 180 euros mensuales por hija, considerando que las jóvenes viven con su madre, quien no trabaja y no ha conseguido empleo pese a buscarlo.
La pensión para Rafaela será vigente por un año, tiempo en el cual debe finalizar sus estudios de magisterio y prepararse para una mayor independencia económica. Por su parte, la pensión de Elisabeth, que continúa con su formación, se mantiene vigente. Además, el tribunal negó la petición de Gonzalo de retirar a la madre y las hijas del uso de la vivienda familiar, priorizando la necesidad de la madre, quien mantiene la propiedad hipotecada. Gonzalo, actualmente bajo curatela para decisiones patrimoniales, percibe solo 15.39 euros diarios en subsidio estatal y depende del apoyo de su madre y su tutora, quienes gestionan sus gastos. La sentencia también establece que la decisión puede ser impugnada mediante recurso de casación ante el Tribunal Supremo, siempre que se cumplan los requisitos legales. La resolución no impuso costas judiciales y su impacto es directo en la economía familiar del padre y las hijas.