
El Aeropuerto Internacional Jorge Chávez de Lima, Perú, inaugurado en diciembre de 1965, se ha consolidado como la terminal aérea más importante del país, con una historia de numerosas operaciones aéreas. En junio pasado, fue inaugurada una moderna área de pasajeros que mejora los procedimientos de embarque y aumenta la capacidad para atender a los viajeros.
Considerado uno de los aeropuertos más grandes de América Latina, con un alto flujo de pasajeros diario, se actualiza constantemente la información sobre los vuelos de llegada y salida. A continuación, se presentan detalles actualizados de los vuelos cancelados o con retrasos en el aeropuerto, con corte a las 6:00 horas del 18 de octubre.
Ejemplo de vuelo con retraso:
- Número: AA988
- Destino: Miami
- Aerolínea: American Airlines
- Hora prevista: 01:34
- Estado: retrasado
El aeropuerto establece estrictas normativas respecto a los objetos que los pasajeros no pueden transportar en su equipaje de mano o facturado, con el fin de garantizar la seguridad. Entre los objetos prohibidos se encuentran armas de fuego, réplicas, armas de juguete, municiones, explosivos, sustancias inflamables, gases, encendedores, aerosoles, sustancias químicas peligrosas, objetos cortopunzantes como navajas y tijeras, herramientas peligrosas, dispositivos paralizantes, sistemas de frenos o airbags, fuegos artificiales, bengalas y material pirotécnico.
Es importante que los pasajeros revisen estas normativas antes de preparar su equipaje, ya que transporte de objetos prohibidos puede derivar en confiscaciones, sanciones o demoras en los controles.
Estas regulaciones, tanto para equipaje de mano como facturado, cumplen con lineamientos internacionales para la seguridad aeroportuaria, protegiendo a pasajeros, personal y aeronaves.
Para vuelos nacionales, los pasajeros peruanos deben presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI). En casos de extravío o robo, pueden utilizar un DNI vencido, licencia de conducir, pasaporte o la ficha de inscripción de RENIEC (C-4) vigente, según lo establecido por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). Para menores de edad, en situaciones similares, también es válida una acta de nacimiento vigente, además de los documentos mencionados.
Estas disposiciones aplican exclusivamente a ciudadanos peruanos y no a pasajeros extranjeros.