¿Estás listo para el retiro AFP 2025? Conoce quiénes serán los primeros en solicitarlo y qué necesitan preparar

Por: Equipo de Redacción | 19/10/2025 07:30

¿Estás listo para el retiro AFP 2025? Conoce quiénes serán los primeros en solicitarlo y qué necesitan preparar

El próximo 21 de octubre de 2025 marca el inicio oficial del octavo retiro extraordinario de fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en Perú, un proceso que requiere atención a las pautas operativas y económicas para los afiliados. Según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), la solicitud se podrá realizar a partir de esa fecha, y cada AFP comunicará a sus afiliados el cronograma basado en el último dígito o letra del Documento Nacional de Identidad (DNI).

El monto máximo autorizado para retirar es de 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 21,400 para 2025. La gestión del trámite será completamente digital, por lo que el afiliado debe asegurarse de tener actualizados sus datos y verificar su información en la página web de su AFP.

Prima AFP, una de las cuatro administradoras del Sistema Privado de Pensiones en Perú, informa que los fondos serán abonados en cuatro pagos mensuales, comenzando 30 días después de que la AFP apruebe la solicitud. Los depósitos se realizarán únicamente en cuentas bancarias autorizadas y a nombre del solicitante.

Es importante destacar que existe un período de extensión, del 4 de diciembre de 2025 al 18 de enero de 2026, durante el cual los afiliados podrán presentar solicitudes fuera del orden establecido por la letra final de su DNI, facilitando el acceso a más personas.

Las recomendaciones de Prima AFP para quienes piensan solicitar el retiro en esta primera etapa incluyen tener todos sus datos actualizados antes de ingresar la solicitud. Además, desde enero de 2026, quienes deseen retirar montos superiores a las 4 UIT podrán presentar nuevas solicitudes, dependiendo del ajuste del valor de la UIT, que en 2025 está en S/ 5,350. El valor para 2026 aún no se determina, lo que podría incrementar el monto máximo a retirar.

Por otro lado, la SBS modificó las normas para regular el acceso simultáneo al octavo retiro y al beneficio de usar hasta el 25% del fondo AFP para la compra o financiamiento de una vivienda. En caso de realizar un retiro extraordinario, el monto destinado a vivienda se ajustará descontando lo retirado previamente, para evitar la superposición de beneficios y asegurar el cumplimiento de los límites legales.

El inmueble destinado a vivienda debe estar inscrito en el Registro de Predios de SUNARP, y el crédito hipotecario debe realizarse mediante una entidad autorizada que opere solo con sus socios, sin recibir fondos del público externo.

Estas regulaciones buscan equilibrar la protección de los recursos previsionales con el derecho de los afiliados a acceder a sus fondos en condiciones transparentes y legales, ya sea para su jubilación o compra de vivienda.