El Gobierno Nacional de Colombia anunció la publicación del Decreto 144 de 2026, que formaliza la modificación del artículo 48 de la Constitución para establecer la mesada 14 como prestación para los docentes pensionados. La medida, divulgada a través del portal de la Presidencia, busca incluir a los docentes nacionales, nacionalizados y territoriales en el reconocimiento de esta prestación adicional.
El decreto, basado en el proyecto de acto legislativo número 213 de 2025, Cámara 012 de 2025, señala que la introducción del beneficio aplica a quienes actualmente disfrutan de pensiones por jubilación, vejez o invalidez, así como a sus sobrevivientes, bajo un régimen especial del Sistema de Pensiones del Magisterio. La disposición entra en vigor desde su promulgación y no tiene efectos retroactivos.
Este acto legislativo fue radicado en agosto de 2025 en el Congreso y sometido a estudio por la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, siguiendo los procedimientos legales. Posteriormente, se procedió a su publicación en la Gaceta del Congreso por parte de la Imprenta Nacional.
Con la firma y publicación del decreto, el Gobierno ratifica la inclusión de la mesada 14 como un derecho colectivo para los docentes en retiro, enmarcado en el marco constitucional vigente. La medida no afecta disposiciones anteriores y establece la base jurídica para la otorgación del beneficio, que no será retroactivo, reforzando el compromiso con el sector educativo en Colombia.