El presidente interino de Perú, José Jerí, firmó y publicó el Decreto Legislativo 1739, que establece el delito de 'revelación de información reservada' dirigido a funcionarios públicos que filtren datos de procesos penales en trámite. La normativa generó inquietudes por posibles persecuciones a periodistas y medios de comunicación, pero el decreto aclara que estos están exentos de responsabilidad al difundir información vinculada a investigaciones fiscales y procesos en marcha, en ejercicio de las libertades de información y prensa.
Además, el decreto precisa que los servidores públicos que divulguen información para informar sobre hechos que puedan constituir delitos y que puedan ser utilizados en persecución pública también estarán exentos de responsabilidad penal. La modificación del Código Penal contempla sanciones de entre 5 y 7 años de prisión, además de inhabilitación y multas, para quienes filtren información relacionada con procesos en trámite por delitos de extorsión, secuestro o sicariato.
Las conductas consideradas agravantes, que elevan la pena a entre 7 y 10 años de prisión, incluyen la difusión de información en el marco de funciones públicas, con causas específicas como el interés en derechos fundamentales o la protección de denuncias confidenciales. Esta legislación se enmarca en un paquete de decretos emitidos entre el 7 y el 14 de febrero de 2026, destinados a fortalecer la lucha contra la inseguridad y delitos conexos, bajo las facultades delegadas del Congreso de la República al Poder Ejecutivo.