El presidente Gustavo Petro reaccionó con contundencia ante la decisión del Consejo de Estado que suspendió provisionalmente el Decreto 0858 de 2025, que promovía el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo. Petro afirmó que esta medida judicial “atenta contra la protección de la vida” y contradice la obligación legal del Estado de establecer un sistema de salud preventivo en Colombia.
A través de su cuenta en X, Petro expresó: “Lo digo con todas las letras: suspender un sistema preventivo en un país es ir contra la vida humana. La ley ordena un sistema preventivo para Colombia.” La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado emitió un auto interlocutorio que suspende los efectos del decreto mientras se resuelve una demanda de nulidad presentada por el representante a la Cámara Andrés Forero. Con esto, el Modelo de Salud del Ministerio de Salud queda en pausa temporalmente, hasta que el tribunal dicte un fallo definitivo.
Esta decisión marca un nuevo desencuentro entre el Ejecutivo y las altas cortes. Petro sostiene que la política de salud de su administración se fundamenta en la ley estatutaria y en el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026, y que su suspensión vulnera la función constitucional de proteger la vida.
El fallo judicial generó reacciones inmediatas en el ámbito político, pues el decreto suspendido era clave en la reforma sanitaria del Gobierno, que buscaba sustituir el modelo basado en las EPS por uno centrado en la prevención, atención primaria y gestión territorial de los servicios de salud. La propuesta también contemplaba fortalecer la gobernanza territorial, formalizar al talento humano en salud y reorganizar la financiación del sistema, sin modificar la destinación específica de los recursos del aseguramiento. Además, establecía un período de transición de un año, con una meta para implementar completamente el sistema en julio de 2026.
En la demanda, Andrés Forero argumentó que el decreto excedía las facultades del Ejecutivo al reemplazar todo el modelo de salud mediante un acto administrativo, sin una ley aprobada por el Congreso que autorizara esa transformación estructural. La Corte parcialmente aceptó esta consideración y decidió suspender provisionalmente los efectos del decreto para evaluar si el Gobierno actuó fuera de sus competencias.
Por lo pronto, el Ministerio de Salud no podrá avanzar en la implementación del nuevo modelo hasta que haya una decisión final del tribunal. La magistrada Peña Garzón notificó también el reconocimiento de personería a los representantes del Ministerio de Salud y del presidente de la República, quienes deberán presentar argumentos de defensa en el proceso.
Con la suspensión del Decreto 0858, el Gobierno debe detener la regulación técnica y la puesta en marcha de las Redes Integrales Territoriales de Salud, los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) y la reorganización de las competencias en los territorios. Este fallo afecta directamente la hoja de ruta de la reforma sanitaria, considerada una de las principales apuestas del Plan Nacional de Desarrollo. El proceso judicial continuará en la Sección Primera del Consejo de Estado, que decidirá si el decreto cumple o no con el marco legal vigente.