Indecopi elimina requisitos sobre antecedentes sancionadores para permisos de transporte turístico en Perú

08/02/2026 08:30 | 2 min de lectura

Indecopi elimina requisitos sobre antecedentes sancionadores para permisos de transporte turístico en Perú

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas de Indecopi determinó que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancía (Sutran) ya no podrán exigir declaraciones juradas sobre antecedentes sancionadores para otorgar permisos de transporte turístico en Perú. La resolución, identificada como N° 0500-2025/SEL-INDECOPI y publicada el 8 de febrero en el Diario Oficial El Peruano, busca simplificar el proceso y eliminar trámites redundantes que afectaban a las empresas y ciudadanos del sector.

Hasta ahora, quienes solicitaban permisos debían presentar una declaración jurada asegurando no haber recibido sanciones, inhabilitaciones o suspensiones. La Sala de Indecopi sostuvo que este requisito era innecesario, ya que el MTC cuenta con acceso a la información en sus registros internos para verificar antecedentes, sin que sea necesario que los solicitantes la declaren bajo juramento.

La decisión no modifica las condiciones legales para obtener el permiso, pero sí optimiza y hace más sencillo el trámite. La medida surge tras una denuncia de la empresa de turismo Explorandes S.A.C., que en el pasado enfrentó la cancelación de su permiso y, al querer reactivarlo, fue requerida para jurar que no había sido sancionada, a pesar de que esa información ya constaba en los registros del Estado. Dicha situación fue considerada absurda por la empresa y motivó el proceso de revisión normativa.

Antes de la resolución, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de Indecopi ya había declarado ilegal la exigencia, argumentando que la administración pública no puede solicitar a los ciudadanos datos que ya posee, en concordancia con las normativas que buscan reducir trámites duplicados y facilitar los procedimientos.

Mientras el MTC justificaba la declaración jurada como medio para agilizar trámites y verificar la información, Sutran defendía que dicho requisito aseguraba la seguridad vial y tenía base legal. Sin embargo, tanto la Comisión como la Sala concluyeron que el Estado debe recabar estos datos directamente, sin cargar esa responsabilidad a los usuarios.

A partir de la resolución, el MTC y Sutran no podrán exigir declaraciones juradas sobre antecedentes sancionadores para permisos turísticos. En caso de insistencia por parte de alguna autoridad, esta podrá ser sancionada administrativamente. Además, se instruye que las entidades comuniquen esta modificación a los usuarios y que se publique en el Diario Oficial El Peruano.

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