El Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña ha declarado procedente el despido de Miguel Ángel Sánchez, representante legal de los trabajadores, miembro del comité de huelga y dirigente del Sindicato de Trabajadores de la Limpieza (STL). Sánchez convocó una huelga el 12 de junio de 2024 y es investigado por presuntamente organizar una red de sobornos a empleados de concesionarias municipales relacionadas con el servicio de recogida y limpieza viaria.
Con casi 30 años en la empresa, iniciada en 1996 y con ascenso a inspector, Sánchez jugó un papel central en las negociaciones laborales, especialmente tras las huelgas del verano de 2024, cuando el comité de empresa denunció presiones y sanciones arbitrarias que afectaban las condiciones laborales.
El foco del conflicto fue la acusación de que Sánchez incitó a los trabajadores a incumplir sus obligaciones laborales durante una asamblea nocturna el 6 de julio de 2024. Según la carta de despido, el sindicalista habría instruido a los empleados a no vaciar los contenedores y limitar la recolección a las bolsas depositadas en el exterior, con la frase: “Os van a sancionar por desobedecer la orden directa del capataz, pero estamos dispuestos a asumir estas sanciones y las que vengan”. Además, se le atribuye haber alentado a fichar exactamente a las 00:00 horas para retrasar el inicio del servicio.
La empresa calificó estos comportamientos como “faltas muy graves”, argumentando que Sánchez vulneró la buena fe contractual y abusó de su liderazgo sindical. La compañía también aseguró que las instrucciones estaban enmarcadas en una estrategia de desobediencia que perjudicaba el servicio público.
La defensa del sindicalista negó haber emitido los mensajes y aseguró que las decisiones fueron adoptadas en asambleas con el aval del comité de empresa, argumentando que el despido respondía a represalias por su actividad sindical, incluyendo denuncias institucionales y reclamaciones ante la Inspección de Trabajo. Solicitó la nulidad del despido, su inmediata readmisión y una indemnización de 60,008 euros por daños a derechos fundamentales.
El Sindicato de Trabajadores de la Limpieza (STL) se sumó como coadyuvante, señalando que la decisión empresarial formaba parte de una estrategia de hostigamiento contra los delegados sindicales más activos.
Durante el proceso judicial, ambas partes presentaron múltiples pruebas, incluyendo grabaciones, comunicaciones internas y declaraciones de testigos. La empresa incluso aportó una tabla de rendimiento para demostrar que las órdenes de Sánchez impactaron directamente en la reducción de toneladas recogidas en días posteriores a la asamblea.
Por su parte, el sindicato defendió que se trataba de una negociación tense y que sus acciones fueron decisiones democráticas de la plantilla. Sin embargo, el juez concluyó que Sánchez incitó a los trabajadores a incumplir órdenes laborales durante la huelga, afectando el servicio y el funcionamiento de la empresa.
En su resolución, el magistrado desestimó la demanda de nulidad y consideró que la conducta del sindicalista fue un incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones laborales. La sentencia subraya que sus expresiones traspasaron los límites de la libertad sindical, constituyendo una forma de desobediencia que perjudicó el servicio público.
El juez rechazó también las alegaciones de persecución sindical, confirmando que el despido fue legal y que se realizó tras un expediente disciplinario correctamente tramitado, con oportunidad de defensa tanto para el comité como para la delegada sindical.
De esta manera, el juzgado ratifica la legalidad de la medida disciplinaria, que se justificó por conductas reiteradas de indisciplina, acusaciones infundadas a mandos intermedios y violaciones a normas internas de seguridad y organización. La sentencia respalda la actuación de la empresa, que consideró necesaria la extinción del contrato ante las acciones que alteraron la normalidad del servicio en A Coruña.