La Cámara Federal de Casación Penal ordenó revisar el hábeas corpus presentado por Ana Pietra, una mujer trans condenada a prisión perpetua por el homicidio de un hombre en la Ciudad de Buenos Aires, quien denunció malos tratos, encierro prolongado y discriminación en el Complejo Penitenciario Federal del NOA III, en Salta. El tribunal máximo penal, en un fallo dividido, anuló la decisión del tribunal de Alzada salteño que había rechazado su pedido de traslado a un pabellón para personas trans en Ezeiza y ordenó que el juez de primera instancia convoque a una audiencia para escuchar su versión y emitir un nuevo fallo.
Pietra, que al momento del crimen en enero de 2023 se llamaba Raúl Martín, fue declarada culpable en diciembre de 2024, junto con su pareja Ailén Ferreiro, por el homicidio doblemente agravado de un hombre contactado a través de una aplicación de citas. Según informes, la víctima se comunicó horas antes mediante WhatsApp con Ferreiro, quien ofrecía servicios de prostitución, y posteriormente se sumó Pietra en su departamento en La Boca. Los testimonios del Tribunal Oral en lo Criminal N°5 de la Ciudad de Buenos Aires confirmaron que la víctima fue golpeada, ahorcada y despojada de sus pertenencias, hallándose preservativos y cocaína en la escena.
Antes del juicio, Raúl Martín informó a la justicia haber cambiado su identidad de género a Ana Pietra y adoptó ese nombre. Desde entonces, reclama ser trasladada a un pabellón para personas trans, alegando que desde hace 10 meses permanece encerrada 23 horas diarias y es víctima de la discriminación y malos tratos por parte del personal penitenciario, quienes la desprecian y le generan vulnerabilidad.
En las instancias previas, tanto la justicia de Salta como la Cámara Federal rechazaron su reclamo por 'condiciones de detención' agravadas. La defensa de Pietra interpuso un recurso ante la Cámara Federal de Casación, que ahora ordenó una audiencia para garantizar su derecho a la defensa, alegando que las diligencias anteriores no respetaron sus derechos constitucionales de audiencia y participación.
El juez Guillermo Yacobucci y la camarista Angela Ledesma, en disidencia, coincidieron en la necesidad de realizar esa audiencia y que su derecho a la defensa fue vulnerado. La decisión ahora obliga a remitir el expediente al Juzgado Federal N°2 de Salta para que, tras realizar la audiencia correspondiente, dicte un nuevo fallo.
Por su parte, Pietra continúa alojada en el Pabellón 'E' del Instituto Correccional de Mujeres en Salta, en condiciones que el Servicio Penitenciario Federal describe como adecuadas para resguardar su integridad. La solicitud de traslado a Ezeiza fue rechazada, debido a que allí se encuentra su expareja y coautora del crimen, Ferreiro, a quien habría amenazado de muerte.
Además, en febrero de 2025, el Poder Ejecutivo Nacional dictó un decreto que impide la reubicación de condenados que cambian de género después de la detención, en especial si el delito tuvo violencia contra una mujer, lo cual complica aún más la posibilidad de un traslado de Pietra.
Con esta resolución, la causa regresa al juzgado salteño para que, mediante la audiencia necesaria, se garantice el derecho de Pietra a ser escuchada y se emita un fallo fundamentado en las condiciones de su detención y su identidad de género.