Una noche de música a volumen elevado puede resultar en costos millonarios en Colombia. La Ley 2450 de 2025, conocida como Ley Antirruido, establece que mantener niveles de sonido por encima de los límites permitidos no solo provoca molestias a los vecinos, sino que también puede implicar multas que superan los 20 millones de pesos y el decomiso de los equipos de sonido.
Las autoridades colombianas cuentan con herramientas jurídicas para actuar contra quienes alteran la tranquilidad. La ley se apoya en tres pilares jurídicos que garantizan la convivencia en conjuntos residenciales, protegiendo el descanso y bienestar tanto de propietarios como de arrendatarios.
El abogado Leonardo Leal, secretario ejecutivo del Colegio de Abogados Rosaristas, explicó en diálogo con Asuntos Legales que, además de sanciones, la normativa fomenta el respeto mutuo entre quienes comparten un mismo espacio, incluyendo administradores, vigilantes y personal de aseo.
Cuando las advertencias no son suficientes, las autoridades tienen la facultad de intervenir, actuando en concordancia con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Esto puede incluir la remoción de las fuentes de ruido y la imposición de sanciones al copropietario infractor.
El proceso inicia con una denuncia y, si el infractor persiste en su conducta, puede escalar a medidas más severas. La administración en conjuntos residenciales puede imponer multas económicas, que, según el abogado Juan Diego Guzmán, no superarán dos veces el valor de las expensas mensuales de administración, ni exceder un total de diez veces ese monto.
Las sanciones más graves se aplican a ruidos provenientes de espacios externos, como bares o locales, o en casos de reincidencia, conforme a la Ley 2450. El artículo 180 establece que la multa dependerá del comportamiento, aumentando en casos de desobediencia, resistencia o reiteración.
Las multas varían en cuatro niveles: la primera hasta dos salarios mínimos mensuales (aproximadamente 2.8 millones de pesos), la segunda hasta cuatro salarios mínimos (más de 5.6 millones), la tercera hasta ocho salarios (alrededor de 11.8 millones) y la cuarta, la más severa, hasta 16 salarios mínimos (más de 22.7 millones de pesos).
Más allá del impacto económico, el mensaje que transmite la ley es claro: el ruido excesivo ya no es solo una molestia vecinal, sino una infracción que atenta contra la salud y la convivencia. La finalidad del marco legal no es castigar por castigar, sino promover entornos donde el respeto y el descanso prevalezcan frente a la indiferencia y el abuso.