Libertad tras 19 años: Juana Hilda del Grupo Clímax es exonerada en caso Wallace por violaciones a derechos humanos

Por: Equipo de Redacción | 12/06/2025 08:30

Libertad tras 19 años: Juana Hilda del Grupo Clímax es exonerada en caso Wallace por violaciones a derechos humanos

Después de pasar 19 años y cinco meses en prisión, Juana Hilda González Lomelí, acusada de participar en el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace, recuperó su libertad debido a una resolución de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Alrededor de las 23:00 horas del 11 de junio, Juana Hilda salió del Centro Federal de Reinserción Social (Cefereso) número 16, ubicado en Michapa, Coatlán del Río. La exintegrante del grupo musical Clímax fue recibida por personal del Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP), responsable de su caso y de otros señalados en el proceso.

En un comunicado, el IFDP explicó que la SCJN determinó que la confesión de Juana Hilda no fue voluntaria, sino que fue obtenida mediante presiones, intimidaciones y amenazas en un contexto de arraigo, por lo cual se declaró la nulidad de su declaración y de otras pruebas derivadas, por violaciones a sus derechos humanos.

La decisión también concluyó que las pruebas restantes, presentadas por el Ministerio Público y no afectadas por las violaciones, son insuficientes para demostrar su responsabilidad en el secuestro de Wallace, más allá de toda duda razonable.

Hilda salió del penal con una playera y pants rojos, sonriente, señalando ante los medios que estaba en shock.

Fue detenida el 10 de enero de 2006, acusada de participar en el homicidio de Hugo Alberto Wallace, cuyo cuerpo nunca fue localizado. Wallace era hijo de María Isabel Miranda de Wallace, quien falleció recientemente.

El IFDP destacó que esta resolución tiene gran relevancia no solo por la libertad y derechos de Juana Hilda, sino también por su impacto en el sistema de justicia penal, ya que pone en evidencia violaciones persistentes, como la obtención de pruebas bajo tortura, violaciones al derecho de defensa y prejuicios de género en la valoración judicial.

Asimismo, el organismo informó que esta decisión debe tener efectos inmediatos en otros casos relacionados: los de César F., Albert y Tony C., cuyos juicios de amparo estaban suspendidos; así como en el caso de Brenda Q. y Jacobo T., quienes continúan procesados. Como la acusación en todos estos casos se basa en las mismas pruebas anuladas por la SCJN, estas deberán ser excluidas de forma inmediata.