El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante admitió una demanda en contra de Frisby S.A. BIC, la reconocida cadena de comida rápida colombiana, por parte de Frisby España S.L. La notificación, que obliga a la firma colombiana a responder en dos meses, genera una disputa sobre los derechos de uso de la marca Frisby en la Unión Europea, además de alegaciones de daños a la reputación y pérdidas económicas por exposición mediática. Según Juan Carlos Martínez, profesor de la Universidad de La Sabana, el proceso no aborda aspectos sustantivos de fondo, sino que se centra en procedimientos legales y aspectos formales. El caso incluye una contrademanda de Frisby España, que reclama indemnización por daños, alegando que la cobertura mediática en Colombia impactó negativamente en su imagen y beneficios en Europa. La firma europea argumenta que Frisby Colombia usó términos como “robo” y “usurpación” en sus comunicados públicos, lo que, según la demanda, favoreció a la filial colombiana a costa de la reputación de la empresa en el mercado europeo. Frisby España solicita además la devolución de ganancias supuestamente obtenidas de manera indebida y considera que las declaraciones públicas en Colombia omitieron detalles jurídicos relevantes, como procesos en curso sobre el uso de la marca en Europa. Aún no se ha fijado el monto de la reclamación; la firma española pidió que un perito actuario determine la cantidad mediante cálculos especializados. El proceso judicial comenzó después de que Frisby España apelara en enero de 2026 una decisión previa, en busca de definir la titularidad y límites del uso de la marca en ambos mercados. Hasta ahora, Frisby Colombia no ha emitido comentarios oficiales, pero tiene dos meses para responder ante la justicia española. La controversia se focaliza en las disputas sobre derechos y daños reputacionales, siendo Juan Carlos Martínez claro en que la raíz del conflicto radica en procedimientos legales y la gestión de la narrativa pública, más que en cuestiones sustantivas de fondo.