La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá en su última sesión aspectos del Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) relacionados con la libertad de expresión y la eliminación de contenidos en internet tras denuncias por derechos de autor. La impugnación, presentada por la organización Artículo 19, busca que se invaliden siete artículos del capítulo 20 del acuerdo, que consideran atentan contra derechos fundamentales y facilitan la censura digital.
Martha Tudon, Coordinadora de Derechos Digitales de Artículo 19, afirmó que la decisión de la Sala será crucial para definir si se protege la libertad de expresión frente a mecanismos de censura como el llamado ‘mecanismo de notificación y retirada’. Este, explica Tudon, permite a plataformas eliminar contenido denunciado por una supuesta infracción sin un juicio previo, poniendo en riesgo derechos fundamentales.
Mientras otros órganos judiciales mexicanos ya avalaron este mecanismo, Artículo 19 y otras organizaciones advierten que su uso indiscriminado puede facilitar la censura y limitar la expresión pública. La impugnación se centra en artículos específicos del capítulo 20 del T-MEC —como los artículos 20.2, 20.4, 20.58, 20.67, 20.79, 20.88 y 20.89— presentados en 2020, pero que aún no se han resuelto en instancias nacionales. La Corte analizará si estos preceptos vulneran la protección constitucional a la libertad de expresión.
Previamente, en mayo de 2024, la Sala Determinó que el mecanismo de aviso y retirada es legal, dejando en manos de la SCJN la interpretación final, en una decisión que puede tener impacto en la protección de derechos en el marco del T-MEC. Artículo 19 busca que la Corte reafirme que la libertad de expresión debe prevalecer y no ser sujeta a censura basada en acusaciones simplistas.
En sus argumentos, Tudon expresó que, en un país con una historia de negación de verdades y riesgo para el ejercicio periodístico, facilitar la censura mediante mecanismos como los del T-MEC es peligroso. La organización insiste en que la SCJN debe priorizar la libertad de expresión como regla fundamental, garantizando que las políticas digitales y jurídicas protejan y no restrinjan los derechos fundamentales de la ciudadanía.