TEEM sanciona a excandidato judicial por propaganda no permitida y resuelve siete juicios electorales

Por: Equipo de Redacción | 31/07/2025 16:00

TEEM sanciona a excandidato judicial por propaganda no permitida y resuelve siete juicios electorales

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) impuso una amonestación pública a un excandidato judicial por la difusión de propaganda impresa en material no permitido, además de resolver un total de siete juicios en su trigésima sesión pública.

Entre los casos abordados, el Pleno sancionó por unanimidad a Víctor Manuel Toscano Velázquez, quien compitió como candidato a juez en el Distrito Judicial 2 de Cuautitlán en la Especialidad Familiar. Se le acusó de usar vinilonas con su nombre, fotografía, número de boleta, llamados al voto y menciones de los municipios donde participaba, colocadas en diversos domicilios entre el 23 y 30 de mayo, en contravención a la normativa electoral del proceso judicial extraordinario 2025 y al artículo 594 del Código Electoral mexiquense, que exige propaganda en papel reciclado o biodegradable.

El tribunal ordenó además informar a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) y publicar la sentencia en sus estrados y en la página oficial una vez que cause firmeza.

Asimismo, se desechó el juicio de inconformidad 16/2025 promovido por Claudia María Velázquez Tapia, quien participó como candidata a jueza civil en el Distrito Judicial 16 de Toluca, debido a que ya había impugnado el proceso en el juicio 13/2025, generando la preclusión de su derecho a recurrir en los mismos hechos.

En otro fallo, el TEEM declaró improcedente el juicio de inconformidad 13/2025, promovido también por Velázquez Tapia, al no constatar irregularidades que ameritaran un nuevo escrutinio y cómputo.

Respecto al juicio 24/2025, el Tribunal confirmó la validez del Acuerdo 92 del Instituto Electoral del Estado de México, que certifica los resultados y la entrega de constancias en la elección de magistraturas civiles. Los magistrados consideraron infundados los señalamientos de votos nulos, baja participación y uso de 'acordeones', pues no existieron pruebas concluyentes.

En el procedimiento especial sancionador 19/2025, se concluyó que no hubo infracción por parte de una candidata a jueza familiar, quien fue acusada de emplear motivos religiosos en su propaganda. Aunque en el video se observaba un templo, el tribunal determinó que no se trató de proselitismo ni hubo referencias religiosas.

Por otro lado, en el caso PES 32/2025, se desestimaron acusaciones contra Luis Fernando Camacho Lupercio, futuro presidente del Tribunal Superior de Justicia, relacionadas con promoción personalizada y uso de recursos públicos, al no comprobarse dichas conductas.

Finalmente, en el juicio de ciudadanía 256/2025, se validó la elección de Luis Ángel Ortiz Montoya como representante indígena en Nicolás Romero, tras determinar que su elección contó con el respaldo de más del 50% de la población indígena y del Consejo de Participación Ciudadana. Aunque dos magistrados votaron en contra por supuesto fallo en la convocatoria, el Tribunal ordenó la entrega del nombramiento, su traducción y difusión en lengua indígena.