El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió cinco juicios a favor de regidores y síndicos municipales que enfrentaron obstrucciones en sus funciones o dificultades para acceder a información pública. La institución ordenó a los ayuntamientos de Ocuilan, Chapa de Mota y Acambay entregar los documentos solicitados y respetar sus atribuciones.
Durante su sesión pública, el pleno también declaró improcedentes tres recursos de impugnación y confirmó dos acuerdos del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) relacionados con medidas cautelares.
Entre los casos más destacados, el Tribunal encontró fundada la obstrucción al ejercicio del cargo de una regidora del Ayuntamiento de Ocuilan, quien denunció que funcionarios municipales le negaron información y despidieron a personal de su oficina como represalia política. Aunque reconoció que sí existieron limitaciones a su labor, el Tribunal determinó que no se acreditaron elementos de violencia política en razón de género y ordenó a los responsables—el presidente municipal, el tesorero y el coordinador de recursos humanos—cumplir con la entrega de información y lo establecido en la sentencia.
En Chapa de Mota, el síndico municipal ganó el juicio ciudadano 341/2025, al demostrar que el tesorero se negó a proporcionarle un informe detallado del desglose presupuestal del segundo trimestre del año. El TEEM consideró comprobada la vulneración a su derecho político-electoral y ordenó la entrega completa de la información.
En Acambay, las segundas y terceras regidoras presentaron juicios similares, tras recibir informes incompletos y confusos. En lugar de los desgloses financieros solicitados, les enviaron estados de avance presupuestal que no permitían identificar claramente los recursos ejercidos por sus regidurías. El Tribunal ordenó revocar esas respuestas y proporcionar la información correcta, subrayando que negar el acceso vulnera el ejercicio pleno del cargo público.
Asimismo, el TEEM confirmó los acuerdos del IEEM en recursos de apelación 10 y 11/2025, relativos a la negativa de medidas cautelares en procedimientos sancionadores, asegurando que el instituto actuó conforme a derecho y motivó debidamente sus decisiones.
El Tribunal también desechó tres juicios por falta de materia, incluyendo uno contra el Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, donde se comprobó que la autoridad ya respondió a la solicitud. Los juicios 320 y 335/2025 fueron sobreseídos por la misma razón, aunque dos magistrados emitieron votos particulares argumentando que debía realizarse un análisis de fondo.
En total, el TEEM resolvió 12 asuntos, de los cuales cinco fueron a favor de regidores y síndicos, uno por justicia partidista, dos confirmando resoluciones del IEEM y tres fueron rechazados por improcedencia.