Cuando un trabajador del IMSS fallece, usualmente sus familiares directos como esposa, hijos o pareja en concubinato solicitan la pensión. Sin embargo, muchas personas desconocen que también existen las pensiones para ascendientes, las cuales pueden beneficiar a los padres del trabajador fallecido en caso de no haber tenido hijos, esposa o pareja con derecho a pensión.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) señala que la pensión de ascendientes se otorga a los padres que dependían económicamente del asegurado fallecido, siempre que no exista cónyuge, hijos o pareja en concubinato con derecho a pensión. Cada padre puede recibir una pensión individual, no sólo un subsidio familiar.
Para acceder a esta pensión, es imprescindible que al momento del fallecimiento, el asegurado hubiera acumulado al menos 150 semanas cotizadas y que sus derechos estuvieran vigentes. En casos de riesgos de trabajo, este requisito no aplica; basta con que la situación de cobertura fuera vigente en el momento del fallecimiento.
Requisitos para solicitar la pensión de ascendientes:
- Ser madre o padre del trabajador fallecido, que dependían económicamente de él.
- No existir derecho a pensión para otra persona, como cónyuge o hijos.
Documentos necesarios:
- Acta de defunción del asegurado.
- Documento que acredite la dependencia económica (como declaraciones de apoyo económico, cuentas bancarias conjuntas, etc.).
- Identificación oficial del solicitante.
- Comprobante de domicilio.
El trámite se realiza en la ventanilla de Control de Prestaciones Económicas en la Unidad de Medicina Familiar correspondiente, en horario de 8:00 a 15:00 horas. Para mantenerse informado, también puedes unirte al canal de El Sol de México en WhatsApp y no perderte las noticias más relevantes.